Las empresas ya deben controlar el registro horario de sus trabajadores por el nuevo decreto ley de Control Horario

Las empresas ya deben controlar el registro horario de sus trabajadores por el nuevo decreto ley de Control Horario
Equipo de Marketing
Equipo de Marketing By Demes Group 20 DE MARZO DE 2019

A partir del 12 de mayo las empresas deberán controlar el registro horario de sus trabajadores, al entrar en vigor la modificación del Estatuto de los Trabajadores sobre el registro de jornada que se aprobó en el Consejo de Ministros del 8 de marzo.


Con esta aprobación del decreto y a palabras de la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, “el Gobierno busca atajar con situaciones de precariedad que se han denunciado a la Inspección de Trabajo, como trabajadores que están contratados a tiempo parcial, pero lo hacen a completo u horas extra que ni se las pagan ni cotizan a la Seguridad Social”.

En concreto, el Real Decreto-ley 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) obliga a las empresas a registrar diariamente el horario de sus trabajadores, incluyendo el inicio y finalización de la jornada y sin perjudicar la flexibilidad horaria.

El registro de jornada se organizará y documentará mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario mediante previa consulta con los representantes legales de los trabajadores. La empresa deberá conservar los registros de sus trabajadores durante 4 años y estarán a disposición de los mismos trabajadores, de los sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Las empresas dispondrán de dos meses desde la publicación del Real Decreto en el BOE para establecer el control horario. Si no cumplieran esta medida, se consideraría como infracción grave y se les podría sancionar con una multa máxima de 6.250€.

La necesidad de almacenar durante tanto tiempo los registros obliga a trabajar con sistemas que permitan el volcado de datos digital. Además, existen diversas opciones en cuanto al método de fichaje para el control de presencia, desde los más habituales como introducir manualmente una contraseña o código de acceso, las tarjetas de proximidad que no necesitan contacto y están muy extendidas o soluciones más avanzadas basadas en biometría donde destacamos la lectura de huella dactilar, el reconocimiento facial y de iris, entre otros.

El uso cotidiano de dispositivos móviles ha permitido desarrollar prestaciones de última generación donde utilizar nuestro smartphone como un elemento de control de acceso más en lugar de las tarjetas tradicionales o añadir servicios en la nube para avisos de eventos a tiempo real o incluso geolocalización.

De nuevo en By Demes Group estamos liderando la adaptación de la nueva legislación con una completa gama de soluciones basadas en los mejores fabricantes de control de acceso del mercado y cumplir con la nueva normativa o superar las necesidades más exigentes que requieran nuestros clientes en las instalaciones más complejas.

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